CapítuloLXX
QUE NADIE SE ATREVA A  GOLPEAR
 A OTRO ARBITRARIAMENTE

1 En el monasterio debe evitarse toda ocasión de presunción. 2 Por eso establecemos que a nadie le sea permitido excomulgar o golpear a alguno de sus hermanos, si el abad no lo ha autorizado. 3 "Los transgresores sean corregidos públicamente para que teman los demás".

4 Procuren todos mantener una diligente disciplina entre los niños hasta la edad de quince años, 5 pero con mesura y discreción.

6 El que se atreva a actuar contra uno de más edad, sin autorización del abad, o se enardece sin discreción contra los mismos niños, sométaselo a la disciplina regular, 7 porque escrito está: "No hagas a otro lo que no quieres que hagan contigo".

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Notas
3. 1 Tim 5,20

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